Si usted es el dueño de una pequeña empresa, es muy probable que la contratación de empleados sea parte de sus muchas tareas laborales. Desafortunadamente, no es tan fácil como publicar un anuncio de trabajo e inmediatamente encontrar a la persona perfecta para cubrir una vacante. A menudo puede ser difícil encontrar un buen empleado, y a veces es posible que necesite buscar trabajadores inmigrantes. En cualquier caso, la elegibilidad de empleo (es decir, el estado migratorio) de todos los posibles empleados debe ser comprobado antes de finalizar la contratación.

Este artículo ofrece respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes sobre inmigración y elegibilidad laboral. Si desea obtener más información y recursos relacionados con este tema.

P: ¿Todos los empleados tienen que demostrar que son legalmente elegibles para trabajar en los Estados Unidos?

A: Sí. Se requiere que los empleadores verifiquen que cada empleado que contratan es elegible legalmente para trabajar en los Estados Unidos. Esto se hace completando un formulario de Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9) para cada empleado al inicio del empleo.

P: ¿Se requiere un formulario I-9 para todos los solicitantes de empleo?

A: No. Un empleador sólo debe completar un formulario I-9 para las personas que contrata. El formulario debe presentarse dentro de los tres días siguientes a la contratación del empleado.

P: ¿Tiene el empleador el derecho de despedir a un empleado que no proporcione los documentos requeridos dentro de los tres días de haber comenzado su empleo?

A: Sí. Si el empleado no puede proporcionar los documentos porque fueron destruidos, perdidos o robados, tiene la opción de proporcionar un recibo para los documentos de reemplazo. Un empleado que proporciona un recibo para los documentos de reemplazo tiene 90 días para proporcionar los documentos reales. Tenga en cuenta que un empleador debe aplicar las mismas prácticas y reglas a todos los empleados. El no hacerlo podría interpretarse como discriminación.

P: ¿Cuáles son las consecuencias para un empleador que completa correctamente un formulario I-9 para un empleado, pero el U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) descubre que el empleado no es elegible para trabajar en los EE. UU.?

A: La obligación del empleador es presentar un formulario I-9 y verificar que los documentos presentados por el empleado son válidos y auténticos. Si el empleador lo hace, él o ella no será acusado de una violación de verificación.

Para que el gobierno federal imponga sanciones al empleador por contratar a un trabajador no autorizado, debe probar que el empleador tenía conocimiento real de que el trabajador no era elegible para trabajar en los EE.UU.

Tenga en cuenta que un empleador tiene prohibido continuar empleando a sabiendas a una persona que el ICE ha determinado que no está legalmente autorizado para trabajar en los EE. UU.

P: ¿Cómo puede un empleador asegurarse de que los documentos que un empleado presenta son auténticos?

A: En lo que se refiere a la autenticidad de los documentos, el empleador simplemente tiene que examinarlos para ver si parecen (razonablemente) auténticos, se refieren al empleado y no han expirado. El formulario I-9 proporciona los tipos de documentos que son aceptables para propósitos de verificación de elegibilidad de empleo. Las fotocopias no son aceptables; sin embargo, un empleado puede presentar una copia certificada de un certificado de nacimiento en lugar del original.

Orientaciones legales

Un abogado de inmigración con experiencia puede contestar cualquier pregunta que usted pueda tener sobre la contratación de inmigrantes o el proceso de solicitud de visa. Si usted tiene preguntas más generales con respecto a sus prácticas y políticas de contratación, incluyendo la elegibilidad para el empleo, puede comunicarse con un abogado local de leyes de empleo para obtener orientación.

2 Comentarios

  1. Emmanuel: Gracias por la informacion. No hay duda que es pertinente. No obstante todos los señalamientos de incurrencia en ilegalidad de un empleador, hay muchas personas que estan empleadas sin permiso de trabajo. Si el trabajo es un derecho natural porque quitarle esos derechos a las personas, sobretodo cuando pagan y estan al dia con sus taxas. Por otro lado conozco muchas personas que en su pais de origen tienen una formacion universitaria en algunos casos con postgrado y doctorado. No habra un trato especial para esas personas y promoverlas a un estatus cuyos beneficios hasta el Estado se beneficiaria. En mi caso yo tengo especialidad en Gestion de Politicas Publicas, en Desarrollo Economico Local, planificacion estrategia y operativa, etc. Adcripto a una iglesia Cristiana hago voluntariado dando reforzamiento a jovenes en las clase de matematica, desarrollo orgnizacional, etc. Podria tener problemas por no tener un permiso de trabajo. Podria recibir pago si la Iglesia lo determina. Esta accion la hago mientra dura mi permiso de visa turistica de 6 meses o menos. Te saludo cordialmente.

    • Hola Juan Manuel, gracias por tus comentarios, sin embargo te recomiendo que tus cosultas las hagas a un abogado local de inmigraciones y que este especializado en el tema.
      Un cordial saludo.

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