Obtienes la licencia de trabajo a través de la solicitud de Autorización de empleo presentando el formulario I.765 ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, tras lo cual pagarás una tarifa como cuota que no es reembolsable.

Por lo tanto debes tener seguridad de que eres elegible, pues conocer los criterios de elegibilidad es primordial, por ello sigue leyendo.

Cómo solicitar un Permiso de Trabajo de los Estados Unidos (EAD)

El proceso de solicitud para obtener un permiso de trabajo de los Estados Unidos (también llamado documento de autorización de empleo o EAD) es bastante sencillo. Debe llenar un formulario de una página, adjuntar la tarifa, fotos y documentos que prueben que es elegible, y presentarlo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

El truco, sin embargo, es asegurarse de que usted sea elegible. Un permiso de trabajo está disponible sólo para grupos limitados de inmigrantes, generalmente aquellos que están en el proceso de solicitar el ajuste de estatus (una tarjeta verde) o que tienen algún derecho temporal de estar en los Estados Unidos. (Para más detalles, vea Quién califica para un permiso de trabajo en los Estados Unidos?)

Además, no confunda la solicitud de un permiso de trabajo con la solicitud de una visa de trabajo a los Estados Unidos, como una H-1B. Este es un proceso de solicitud mucho más complicado. Vea este artículo sobre cómo obtener una visa H-1B.

Rellenando el Formulario I-765

El formulario que usará para solicitar un permiso de trabajo es el Formulario I-765, disponible para su descarga gratuita en el sitio web del USCIS.

La mayor parte de la forma es auto explicativa. Escribirá su nombre, información de contacto, etc. En la Pregunta 12, realmente quieren su entrada más reciente a los EE.UU., incluso si usted ha estado viviendo aquí por un tiempo y simplemente ha hecho un viaje corto al extranjero.  «Forma de entrada» pregunta sobre el tipo de visa que usabas para entrar.

La pregunta 16 es probablemente la que requerirá más esfuerzo. Usted necesitará mirar las instrucciones de la I-765 (también en el sitio web del USCIS) para averiguar en qué categoría de elegibilidad se encuentra. Por ejemplo, algunas de las categorías más comunes incluyen la categoría (a)(5) para alguien a quien se le otorgó asilo, (a)(12) para personas con Estatus de Protección Temporal (TPS), (c)(3)(C) para estudiantes que hacen una capacitación práctica opcional después de la finalización, (c)(5) para los cónyuges J-2 de un visitante de intercambio J-1, y (c)(9) para cualquier persona que tenga una solicitud de estatus de ajuste de estatus (tarjeta de residencia) pendiente >.

Si su categoría tiene sólo dos letras o números (como (c)(9)), no se preocupe por el hecho de que haya tres espacios en el formulario (formados por los paréntesis). Sólo hay que poner la «c» en el segundo paréntesis y el «9» en el tercero.

Cómo obtener una prueba de elegibilidad para un permiso de trabajo

Para probar que usted califica para un permiso de trabajo, tendrá que hacer una fotocopia de lo que sea que muestre el estado que usted describió en la Pregunta 16. Por ejemplo, si usted aplicó como asilado, adjunte una copia de la carta de la oficina de asilo o de la orden del juez que le otorgó el asilo. Las instrucciones para el Formulario I-765 detallan qué documentos debe presentar.

Tenga en cuenta, sin embargo, que si usted está solicitando el permiso de trabajo al mismo tiempo que solicita el estatus, como por ejemplo para el ajuste de estatus o TPS, usted no necesita incluir prueba de elegibilidad. El USCIS se dará cuenta de que usted es elegible de la solicitud que presentó.

Ajustar la tarifa adecuada

El monto de la cuota es de $380 a partir de 2016. Pero los montos de las tarifas del USCIS aumentan con frecuencia, así que revise el sitio web para ver si hay novedades. Si usted está solicitando una acción diferida , también debe pagar una tarifa de biometría de $85. También tenga en cuenta que algunas categorías de solicitantes no necesitan pagar la cuota, como los que presentan simultáneamente para ajustar su estatus para obtener una tarjeta verde (están cubiertos por su cuota I-485); revise las instrucciones del Formulario I-765 para ver si usted está entre ellos.

Usted pagará con cheque o giro postal (no en efectivo) si envía su solicitud por correo. Si presenta su declaración electrónicamente, puede pagar con tarjeta de crédito, tarjeta de débito o transferencia electrónica de fondos de una cuenta corriente o de ahorros de un banco de EE.UU.

Enviar su solicitud de EAD

Hay dos maneras de enviar su solicitud I-765 al USCIS: por correo o por «e-filing» (en línea, a través de una computadora). La presentación electrónica puede ser conveniente para el pago, y porque le permite llenar y enviar el Formulario I-765 en línea. Pero tenga en cuenta que aún tendrá que enviar por correo sus documentos de apoyo.

Si envía el paquete completo por correo, mire cuidadosamente a qué dirección usar: se basa en su categoría de elegibilidad y es diferente para las personas que usan el correo de EE.UU. y para las que usan un paquete o servicio de mensajería.

Si envía el paquete completo por correo, mire cuidadosamente a qué dirección usar: se basa en su categoría de elegibilidad y es diferente para las personas que usan el correo de EE.UU. y para las que usan un paquete o servicio de mensajería.

Haga una copia completa de todo lo que contiene su paquete, incluso de los cheques, antes de enviarlo.


Cuánto cuesta la licencia de trabajo en California

Para obtener la licencia de trabajo, la UCIS requiere que al presentar la solicitud realices un pago de 380 dólares e incluso si has contratado un abogado para que te ayude con este procedimiento también te cobrará una cuota.

Cuota de presentación:

Como aspirante, ante todo necesitas conocer tu categoría de elegibilidad, las cuales están indicadas en el formulario I-765 y además e posible que debas pagar una tarifa de renovación dependiendo de tu caso.

Si eres una persona con estatus de inmigrante debes pagar cuotas de renovación.

Si prefieres que un abogado te ayude a completar el formulario I-765, te cobrará por sus honorarios. Para estos tipos de servicios estándar, la mayoría de los abogados que se dedican a la inmigración cobran una tarifa plana, pues para este servicio lo más común es un honorario de entre 250 a 500 dólares.

Incluso es probable que facture los servicios por separado como por ejemplo los gastos de documentos y fotocopias, pero puedes pedirle al abogado un estimación de estos gastos por anticipado y además deberás contar con dos fotografías a color para ser enviadas con la solicitud, lo cual puede tener un valor de 10 dólares.

Ten en cuenta que el gobierno federal crea diferentes clasificaciones de visas con restricciones de solicitudes a distintos tipos de trabajadores e industrias.

Al presentar la solicitud debes abonar un tarifa de 410 dólares, pero si aplicas por DACA, como joven, debes abonar 85 dólares más por las pruebas biométricas, o sea que pagaras 495 dólares en total si eres un joven.

Pero no pagarás la cuota  cuando solicitas el permiso de trabajo por primera vez si perteneces a la categoría de refugiado o eres titular de la visa N8/N-9 o T-1

Cómo solicitar la licencia de trabajo en California

Para obtener la licencia de trabajo, debes saber que en California existe la Ley de licencias profesionales, con lo cual el Departamento de Asuntos del Consumidor de California considera a los solicitantes con el número de identificación federal de impuestos expedido por el Departamento de Rentas Internas o IRS, pues es una prueba de identificación que antes no existía, pues solo era necesario el número de seguro social.

Pero ten en cuenta que si bien la ley autoriza que el estado expida licencias profesionales a un inmigrante indocumentado no reemplaza el permiso de trabajo ni puedes solicitar un trabajo al gobierno ni a una empresa privada.

Sin embargo es una ley que te ayuda si cuentas con el número ITIN, pues para adquirir la licencia presentarás en número de identificación  como contribuyente ITIN, otorgado por  el gobierno federal si no tienes el número de seguridad social y a su vez deberás aprobar los exámenes que correspondan según la profesión o tu oficio.

Por lo tanto como indocumentado en California puede realizar el trámite de la licencia para poder ejercer distintas profesiones u oficios como estilista, farmacéutico, médico, dentiata, agente de bienes, jardinero, cosmetóloga o enfermero.

No obstante, si quieres trabajar de forma legal en Estados Unidos  debes obtener el permiso de trabajo, el cual se conoce como EAD, el cual solo es otorgado a las personas en situación migratoria.

Quiénes pueden solicitar un EAD:

Las personas aptas para solicitar el permiso de trabajo son:

  1. Los refugiados políticos con su cónyuge e hijos.
  2. Las personas aisladas con un estatus de pendiente o concedido.
  3. Los ciudadanos de las Isla Marshall, Palau o Micronesia.
  4. Los estudiantes vocacionales con visa M-1.
  5. Los maestros o docentes titulares de visa D o de intercambio J-1 con sus cónyuges e hijos.
  6. Los estudiantes vocacionales con visa M-1 que después de terminar los estudios quieren perfeccionarse en la práctica.
  7. Los dependientes de titulares de visa G para emplearse en organizaciones de Estados Unidos.
  8. Los dependientes de un extranjero con visa a1/A/2 o NATO.
  9. Las personas con unas visa B-1.
  10. El esposo o esposa de una persona con visad e inversor E/1/E-2.
  11. El esposo o esposa de una persona con visa L-1.
  12. El novio o novia de un ciudadano americano e hijos con visa K-1 o K -2.
  13. El esposo o esposa de un estudiante con visa K-3 y sus hijos.
  14. Las personas con visa N-8/N-9.
  15. Las personas que son víctimas de violencia doméstica.
  16. Los extranjeros con visa U-1 que son víctimas de tortura, violencia doméstica o victimas de hechos violentos y familiares bajo este mismo tipo de visado.
  17. Los beneficiarios del programa SIJ.
  18. Los solicitantes de una Green card.

Para solicitar el permiso de trabajo deberás completar el formulario I 765 y presentarlo on line o en papel, previo a comprobar si calificas.

Por ello debes comprender que existen grupos de extranjeros que deben presentar distinta documentación.

Pero más allá de los grupos de extranjero, todos deben presentar junto con la solicitud al USCIS:

  1. Copia del formulario I-94, salvo que solicites un cambio de estatus.
  2. Copia del frente y reverso de los permisos de trabajo anteriores.
  3. Dos fotos a color tamaño pasaporte que hayan sido tomadas no más de 30 días antes de enviar la solicitud.

Ajuste de estatus:

Puedes solicitar el ajuste de estatus presentando ciertos documentos junto con la solicitud, pues son documentos solicitados a cualquier tipo de solicitante.

Solicitarás el ajuste de estatus completando el formulario I-485, el cual lo puedes encontrar en el sitio oficial del Servicio de Inmigración y Ciudadanía y el pago lo realizarás a Department of Homeland Security con un costo que varía de acuerdo a distintos factores:

Por ejemplo: Los niños de menos de 14 años que solicitan el ajuste de estatus en conjunto con uno de sus padres que también son solicitantes, tiene un costo de 635 dólares.

En el caso de los niños de menos de 14 años que solicitan el cambio de estatus sin sus padres tiene un costo de 985 dólares,

Las personas que se hallan ente los 14 y los 78 años de edad, el costo es de 985 dólares más 85 dólares por los datos biométricos.

A partir de los 79 años el costo es de 985 dólares.

Como documentación es necesario adjuntar una copia del certificado de nacimiento sellado por la autoridad que lo emitió y traducido por un traductor que certifique esa traducción.

Para el ajuste de estatus también e necesario adjuntar dos fotografías tamaño pasaporte que sean tomadas no más de 30 días antes de presentar la solicitud.

Recursos:

Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

3 Comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

¡Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí