Como emprendedor te sientes feliz porque estás por concretar tu idea de negocio, pero debes saber sobre las cotizaciones seguridad social, pues de pronto de darás cuenta que necesitas delegar responsabilidades y por cuestiones obvias te planteas que requieres contratar trabajadores, pero ello tiene un costo, lo conoces?

A continuación leerás acerca de lo que te costará la contratación de un trabajador y todo lo que concierne a los costos de cada uno de los empleados que contrates para trabajar en tu futura empresa…

Cuáles son las cotizaciones seguridad social

De hecho ya sea que pongas en marcha un negocio o como autónomo que contratas la ayuda de un trabajador necesitas saber sobre las cotizaciones seguridad social.

  1. En principio debes pensar en el salario bruto del trabajador, del cual realizarás los descuentos pertinentes que darán lugar al salario neto que e el salario de bolsillo.
  2. La Seguridad Social está a tu cargo como empresario y lo determinarás de acuerdo a los coeficientes correspondientes.
  3. Además de ello si tú desconoces todo lo referente a las cotizaciones sociales, las nóminas, contratos de trabajo, etc. necesitarás contratar un asesor legal, lo cual también implicará un costo.

Cuanto cuesta contratar a un trabajador

Todo trabajador implica un costo para la empresa ya sea una sociedad o un emprendedor autónomo, pues como empresario no puedes pagar a tus trabajadores el salario que se te ocurra, pues existe un convenio colectivo que pertenece a tu provincia, comunidad autónoma o sector comercial que debes respetar, se trata de las cotizaciones seguridad social.

Una jornada completa de trabajo abarca 40 horas de trabajo semanales. En cuanto al costo bruto según el convenio colectivo de trabajo, el cual distingue los diversos sectores son actualmente:

  1. Según el convenio de oficinas y despachos de la comunidad de Madrid, un titulado superior cuenta con un salario bruto de 17223 euros anuales.
  2. De acuerdo al mismo convenio, un auxiliar administrativo cuenta con un salario bruto de 13706 euros anuales.
  3. De acuerdo al convenio de hosterías de Cataluña, un camarero cuenta con un salario bruto mensual de 1364 euros.
  4. Según el convenio de supermercados de Cataluña, un dependiente de supermercado cuenta con un salario anual de 12215 euros.

Estos salarios son mínimos, por lo cual pueden ser superiores según la experiencia del trabajador y su cualificación e incluso se evalúa la competencia en el mercado laboral.

Los convenios también regulan las horas extras y el trabajo durante los fine de semana, pues en estos casos existe un aumento en el salario bruto e incluso puede existir un plus por transporte según lo regule el convenio.

Bases de cotización

Del salario bruto del trabajador debes deducir:

  1. Una retención por IRFT, el porcentaje varía según el valor de los ingresos que se deducen de la nómina y de lo que como empresa ingresas a hacienda cada tres meses como parte del anticipo que le corresponde al trabajador.

También depende de otros factores personales del trabajador, ya sea que tenga bajo su responsabilidad a hijos o a personas mayores.

De todos modos a un salario bruto de 1100 euros le debes deducir un 4%, un salario bruto de 2000 euros recibe una deducción del 13% y en un salario de 3000  euros, la deducción es del 20% o superior.

  1. En cuanto a la seguridad social que le corresponde pagar al trabajador, sobre el salario bruto se deduce el 4.70% por las contingencias comunes, el 0.10%, por la cotización por formación, el 1.55%, por l cotización del desempleo, el 1.60, por contratos temporales y en definitiva las deducción total sobre el salario bruto de seguridad social es del 6.35%
  2. Supón que contratas a un auxiliar administrativo con un contrato indefinido a jornada completa con un salario anual de 13706 euros según el convenio de oficina y despachos de la comunidad de Madrid, a cargo de la empresa por seguridad social te corresponde el 30.9% sobre el salario bruto, es decir 352.87 euros.
  3. El costo total al mes para tu empresa será de 1494.87 euros.
  4. Si abriste un comercio y contrataste un dependiente con un contrato eventual a jornada completa, su salario bruto por convenio será de 12215 euros al año.
  5. A cargo d la empresa por seguridad social pagarás 334.59 que corresponde al 32.9% sobre el salario bruto.
  6. El trabajador cobrará después de deducir las retenciones de IRPF del 4% y por seguridad social el 6.35% un total por mes de 711.74.

Grupos de cotización

Cuando tu empresa contrata trabajadores cuenta on un costo adicional por la seguridad social que consta de:

  1. El 23.6% sobre el sueldo bruto correspondiente a la cotización por contingencias comunes.
  2. El 6.70% en el caso de contratos temporales.
  3. El 5.50% en el caso de contratos indefinidos.
  4. Según la actividad de los trabajadores existen las tablas de cotización para conocer el porcentaje que corresponde a la cotización por enfermedad profesional y accidentes d trabajo.
  5. Para trabajadores de oficina es el 1%.
  6. Para un comercio al por menor es del 1.85%.
  7. Para actividades de limpieza y seguridad es el 3.60%.
  8. Para actividades de alto riesgo como puede ser la industria de la construcción o empresas de transporte por carretera es del 6.70%.
  9. El 0.20% corresponde a la cotización al Fogasa, el fondo de garantía salarial.
  10. Por ejemplo si realizas un contrato indefinido a un trabajador a jornada completa para un trabajo d oficina deducirás de su salario bruto el 30.9%.
  11. Pero si realizas un contrato eventual al mismo trabajador deducirás de su salario bruto un 32.1%.

Informe bases de cotizacion

  1. El informe bases de cotización se dirige a trabajadores que se incluyen en los regímenes especiales, sistemas especiales y régimen general.

  2. Cuentas con un servicio on line para recibir el informe con todos los detalles de la base de cotización de distintos períodos de liquidación en los que conste el alta de los regímenes de Seguridad Social.
  3. Lo puedes consultar en ede.seg-social.gob.es
  4. Al ingresar lo puedes descargar en formato PDF, visualizarlo y consultarlo.
  5. Si no cuentas con un certificado digital completarás el formulario para que puedas recibir el informe por correo postal.

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